CIUDADANO.
PRESIDENTE Y DEMÁS MIEMBROS DEL ILUSTRE
CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO HERES
SU DESPACHO.
Yo, Norberto Arturo Marcano, de Nacionalidad Venezolana, estado civil Soltero, Titular de la Cédula de Identidad Nº.-00.000.000, de este domicilio y residenciado en: Parroquia Catedral, Sector La Toma, Barrio La Toma, Callejón Aquino, Casa Nº 6, en esta Ciudad. Ante ustedes respetuosamente ocurro para exponer que existe en la zona Urbana del Barrio La Toma, Calle Carlos Manuel Piar, Parcela Nº 6, Barrio La Toma, Sector La Toma de la Parroquia Catedral en esta ciudad, una parcela de terreno de Propiedad Municipal, con una superficie aproximada de: ochenta y cinco metros cuadrados (85M2) y alinderados así: NORTE: con Terreno de Noelia Andreína Mendoza, con quince metros de longitud (15Mts) SUR: con terreno y local de la concesionaria Subaru, con quince metros de longitud (15Mts) ESTE: con local y terrenos de la Empresa Alimentos Polar, con tres metros y cuarenta centímetros de longitud (3,40Mts) OESTE: con la calle Carlos Manuel Piar, con siete metros y noventa centímetros de longitud (7,90Mts)
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En el terreno descrito no existen bienechurías. A tal efecto solicito de este Honorable Cuerpo, me lo conceda en calidad de VENTA, Comprometiéndome a dar cumplimiento a todas las disposiciones establecidas en la Ordenanza Municipal sobre Ejidos, Leyes de sanidad, Arquitectura civil y a la ley Orgánica de Procedimiento Administrativo (L.O.P.A.), que establece en su Artículo 64:”Si el procedimiento iniciado a instancia de un particular se paraliza durante dos (2) meses por causa imputable al interesado, se operará la perención de dicho procedimiento. El término comenzará a partir de la fecha en que la autoridad administrativa notifique al interesado. Vencido el plazo sin que el interesado hubiere reactivado el procedimiento, el funcionario procederá a declarar la perención” Es justicia que espero merecer en Ciudad Bolívar a los 26 días del mes de enero del 2011.
Solicitante
Norberto Arturo Marcano