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Memoria descriptiva Construccion de Cielo raso de oficinas

MEMORIA DESCRIPTIVA DE ARQUITECTURA 1. GENERALIDADES. La presente memoria descriptiva corresponde al Proyecto: "REFACCIÓN DEL CIELO RASO DE LAS OFICINAS DE ABASTECIMIENTO , DIAR DEL PROYECTO ESPECIAL PICHIS PALCAZU Y DISEÑO DE LAS INFRAESTRUCTURAS DE 04 AMBIENTES EN EL SEGUNDO NIVEL DEL LOCAL DEL PROYECTO ESPECIAL PICHIS PALCAZU", en el distrito de Chanchamayo, Provincia de Chanchamayo del departamento de Junín . Cuenta con un área de terreno en un según nivel de 106.21 m2. De perímetro 50.68 ml. 2. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.
El proyecto: "REFACCIÓN DEL CIELO RASO DE LAS OFICINAS DE ABASTECIMIENTO , DIAR DEL PROYECTO ESPECIAL PICHIS PALCAZU Y DISEÑO DE LAS INFRAESTRUCTURAS DE 04 AMBIENTES EN EL SEGUNDO NIVEL DEL LOCAL DEL PROYECTO ESPECIAL PICHIS PALCAZU", se desarrolla dentro del distrito de Chanchamayo, Provincia de Chanchamayo del departamento de Junín. El proyecto, tiene como finalidad mejorar las condiciones laborales de los trabajadores del proyecto en mención. Infraestructura moderna a ser ejecutada en un periodo de 1.5 meses y un monto de inversión de S/..................Nuevos Soles. A. INFRAESTRUCTURA PROYECTADA • SEGUNDA PLANTA (4 ambientes de oficina) - Oficina 1 - Oficina 2 - Oficina 3 - Almacén - Zonas de trabajo B. DESCRIPCION DEL SISTEMA CONSTRUCTIVO: * ESTRUCTURA OBRAS PROVISIONALES: > Construcción del almacén, para el almacenamiento y seguridad de los materiales de construcción y equipos, colocación del cartel. TRABAJOS PRELIMINARES > Habilitación del terreno, trazos, niveles y replanteo durante el proceso. OBRAS DE CONCRETO SIMPLE > El falso piso será vaceado a una altura de 2" donde se considerar la instalación de la tubería a nivel de piso según lo especificado en los planos y será un concreto de f'c=140 kg/cm2. * ARQUITECTURA MUROS Y TABIQUERIA DE DRYWALL > Los muros serán de Drywall , considerando placas de SUPERBOARD 6mm Y GYPLAC 1/2 "(cemento y yeso ) respectivamente , las placas de cemento serán para uso exterior y las placas de yeso para uso interior . REVOQUES ENLUCIDOS Y MOLDURAS > El masillado de los muros serán realizados según las especificaciones del materias utilizando aditivos para juntas en las placas superboard (sika) y masilla para placas de yeso. PISOS Y PAVIMENTACIÓN > Los pisos de los ambientes tendrán falso piso y las oficinas será de porcelanato color marfil. ZÓCALOS Y CONTRAZÓCALOS > Los contra zócalos serán de porcelanato tanto interior y exterior en el proyecto. CARPINTERÍA DE MADERA Y METALICA > Las puertas de los ambientes serán de aluminio y vidrio laminado y arenado de 6mm , y las ventanas aluminio y vidrio incoloro . CERRAJERÍA > Se usará bisagras fijas al marco y cerraduras de puertas de 03 golpes. VIDRIOS CRISTALES Y SIMILARES > Se utilizaran vidrios triples en las mamparas y dobles en las ventanas transparente. PINTURA > Se utilizará en todo los ambientes pintura látex para las paredes en general y pintura anticorrosivo para la parte metálica de la estructura. * INSTALACIONES ELECTRICAS > Las instalaciones eléctricas estarán previstas para corriente monofásica de 220 voltios conectado al circuito general mediante un medidor, los que estarán establecidas por un tablero general distribuidos por circuitos empotrados, utilizando tubería PVC para conexiones internas tanto en los centros de luz, toma corrientes y interruptores. Se utilizarán en los centros de luz fluorescentes de 2x40 W. C. TIEMPO DE EJECUCION: 02 Meses Calendarios a partir de la fecha de inicio de Obra. D. MODALIDAD DE EJECUCION: CONTRATA MEMORIA DESCRIPTIVA DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS PROYECTO: "REFACCIÓN DEL CIELO RASO DE LAS OFICINAS DE ABASTECIMIENTO , DIAR DEL PROYECTO ESPECIAL PICHIS PALCAZU Y DISEÑO DE LAS INFRAESTRUCTURAS DE 04 AMBIENTES EN EL SEGUNDO NIVEL DEL LOCAL DEL PROYECTO ESPECIAL PICHIS PALCAZU", 1.1 GENERALIDADES La presente comprende LA MEMORIA DE LAS INSTALACIONE ELECTRICAS, Dicho proyecto se desarrolló en base a los planos de Arquitectura, instalaciones sanitarias e instalaciones especiales que fueron desarrolladas y las disposiciones del Código Nacional de Electricidad vigente y el Reglamento Nacional de Edificaciones. 1.2 UBICACIÓN GEOGRAFICA Región : Junín Provincia : Chanchamayo Distrito : Chanchamayo Localización : La Merced Zona : Urbana Región Natural : Selva Central. 1.3 ALCANCES Comprende el diseño de las instalaciones en: - Baja Tensión (220 V) - Sistema de Iluminación. - Sistema de puesta a tierra. 1.4 DESCRIPCION DE LAS INSTALACIONES 1.4.1 El sistema en Baja Tensión comprende : * Red de Alimentadores. * Red de Alumbrado y Tomacorrientes. * Sistemas Auxiliares. a. Red de Alimentadores.- Se ha proyectado del tipo empotrado en piso y/o pared. El conductor alimentador se ha dimensionado para la demanda máxima de potencia obtenida en el área correspondiente más un 25% de reserva que se encuentra detallada en el plano. b. Red de Alumbrado y Tomacorrientes.- Los circuitos se han proyectado del tipo mixto, en algunos sectores empotrados en piso y/o pared, y en otros sujetados sobre las viguetas y/o tijerales del techo elevado. Los circuitos de alumbrado tendrán la capacidad indicada en planos, y los de tomacorrientes serán de 15 - 25 amperios. 1.4.2 Sistema de Iluminación a. El Sistema de Iluminación se ha calculado para una iluminación promedio de 750 Lux promedio. 1.4.3 Sistemas auxiliares y Teléfono: Comprende la previsión de las instalaciones para los sistemas de: * Sistema de aire acondicionado * Sistema de data banda ancha . * Sistema de luces de emergencia. * Sistema Contra incendios . * Sistema de cableado para tv * Sistema para data . 1.5 SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA La alimentación eléctrica del sistema se ha previsto desde el tablero general, en la cual está llegando el suministro de energía eléctrica de la empresa concesionaria. El suministro será con corriente alterna monofásica, 220 V, 60 Hz. 1.6 MAXIMA DEMANDA C.I. (Capacidad Instalada) = 15.93 kW. M.D (Máxima Demanda) = 12.74 kW. Los detalles de cálculos se muestran en el capítulo II de cálculos justificativos. 1.7 ALCANCE DE LOS TRABAJOS DEL CONTRATISTA GENERAL 1.9.1 Suministro, Instalación y Prueba de: a) Alimentadores desde el punto de alimentación Sub-estación eléctrica; hasta el Tablero General. (T.G.) y tableros de distribución. b) Sistema de Baja Tensión que comprende: tuberías, conductores, cajas de pase, y salidas de fuerza. c) Instalación de red subterránea libre de la humedad, la corrosión, como también de esfuerzo mecánico. d) Instalación de sistemas de alumbra tanto interior como del campo deportivo, interruptores como también de tomacorriente. CALCULOS ELECTRICOS JUSTIFICATIVOS 2.1 CALCULOS JUSTIFICATIVOS Los cálculos desarrollados en el presente proyecto, cumplen con lo dispuesto en el Código Nacional de Electricidad utilización, Normas D.G.E. /M.E.M. y Ley de Concesiones Eléctricas N° 25844 INFORMACION BASICA Tensión Nominal : 0.23 KV Sistema : Monofásico. Máxima Caída de Tensión permisible : 5 % Factor de Potencia : 0.9 inductivo. CONDUCTORES * Serán de cobre electrolítico con una conductibilidad del 99 % a 20 °C. * Las características mecánicas y eléctricas deberán ser aprobadas según las normas de fabricación ASTM B3 Y B8. * El aislamiento y protección de los conductores dependerá del lugar, tipo de servicio y forma de instalación según norma VDE-0250. * Los conductores tipo TW, THW y NYY serán para una tensión de servicio de 600 V. Y una temperatura de operación de 60 °C y 75 °C respectivamente. Resistencia del Conductor a 40 °C R (40°C) = R (20°C) [1 + à (T2 - T1)] Donde: R(20°C) = Resistencia del conductor a 20 °C R(40°C) = Resistencia del conductor a 40 °C à = Coeficiente térmico de resistencia 1/°C T1 = Temperatura inicial del conductor a 20 °C. T2 = Temperatura final del conductor a 40 °C. REACTANCIA INDUCTIVA. DMG L = 2 X 10-4 Ln ( ------ ) Henrios/Km RMG XL = 2 x Pi x f x L Ohm/Km DMG XL = 4 X Pi X f x 10-4 Ln ( -------- ) Ohm/Km RMG Donde: DMG = Distancia Media Geométrica en mm RMG = Radio Medio Geométrico en mm. 0.726 x r para 7 hilos. R = radio del conductor en mm f = frecuencia de la red en Hz XL = Reactancia Inductiva en Ohm/Km L = Inductancia de la línea en Henrios/Km CAÍDA DE TENSIÓN. P x L x [R(40) cos í + XLsen í] V = ----------------------------------------- Voltios Vn x cos í Z = R(40) cos í + XLsen í Ohm/Km Haciendo: Z FCT = -------------------- V/KW x Km Vn x cos í V = P x L x FCT VOLTIOS Donde: í = Angulo correspondiente al factor de potencia, desfasaje entre la tensión y corriente P = Potencia en KW. L = Longitud en Km. Vn = Tensión nominal de la Línea en KV FCT = Factor de caída de Tensión V/KW x Km. Z = Impedancia del conductor en Ohm/Km R(40) = Resistencia del conductor a 40°C en Ohm/Km. V = Caída de Tensión en voltios. Resultados: R(40) = 1.24 Ohm/Km XL = 0.107 Ohm/Km V = 8.92 voltios. Dentro del alumbrado público se está considerando como bases de cálculo lo siguiente: - Tránsito reducido - Tipo de iluminación II - Iluminación media E = 40 lux - Coeficiente de utilización - Vereda : 1.04 h - Area Verde : 1.29 h - Flujo luminoso : 800 lúmenes Para la determinación de la luminancia se hace uso de las curvas isocandela. 2.2 CUADRO DE CARGAS. MAXIMA DEMANDA C.I. (Capacidad Instalada) = 15.93 kW. M.D (Máxima Demanda) = 12.74 kW. Para la estimación de la demanda se tiene en consideración el alumbrado de todos los ambientes y la totalidad de sus artefactos, equipos y otros componentes que requieren de energía para su funcionamiento; la carga a alimentar está conformada por los equipos siguientes: No todos los equipos indicados funcionan en simultáneo; siendo la demanda pico constante el resto de los artefactos según se requiera su utilización. La tabla 14 del código nacional de electricidad sistemas de utilización, muestra los watts por metro cuadrado. 2.2.1. CARGA DE LOS CIRCUITOS Y FACTOR DE DEMANDA 050-100 Cálculo de Corrientes En el cálculo de corrientes que resulten de cargas expresadas en watts o volt-amperes, alimentadas por sistemas de corriente alterna de baja tensión, se deben emplear las tensiones nominales de 220 V o 380 V, según corresponda, o cualquier otra tensión nominal dentro del rango de baja tensión de 1 000 V o menos, que sea aplicable. 050-102 Caída de Tensión (1) Los conductores de los alimentadores deben ser dimensionados para que: (a) La caída de tensión no sea mayor del 2,5%; y (b) La caída de tensión total máxima en el alimentador y los circuitos derivados hasta la salida o punto de utilización más alejado, no exceda del 4%. (2) Los conductores de los circuitos derivados deben ser dimensionados para que: (a) La caída de tensión no sea mayor del 2,5%; y (b) La caída de tensión total máxima en el alimentador y los circuitos derivados hasta la salido o punto de utilización más alejado, no exceda del 4%. (3) En la aplicación de la Subregla (1) anterior se debe emplear la carga conectada al circuito derivado, si ésta es conocida; en caso contrario, el 80% de la menor capacidad nominal de régimen de los dispositivos de protección del circuito derivado contra sobrecarga o sobrecorriente. 050-104 Carga Máxima de Circuitos (ver Anexo B) (1) La corriente nominal de una acometida, alimentador o circuito derivado debe ser la que resulte menor entre la capacidad nominal del dispositivo de protección contra sobrecorrientes del circuito y la capacidad nominal de los conductores. (2) La carga calculada para un circuito no debe exceder a la corriente nominal del circuito. (3) La carga calculada para una acometida, alimentador o circuito derivado debe ser considerada como una carga continua, a menos que pueda demostrarse que tal valor no persistirá por más de: (a) Un total de una hora en períodos de dos horas, si la corriente no excede de 225 A; o (b) Un total de tres horas en períodos de seis horas, si la corriente es mayor que 225 A. (4) Cuando la caja de conexión, el interruptor con fusibles, el interruptor automático o el tablero estén marcados para una operación continua al 100% de la corriente nominal del dispositivo de sobrecorriente, la carga continua calculada no debe exceder de: (a) El 100% de la corriente nominal del circuito si la capacidad de los conductores está basada en la Tabla 2; (b) El 85% de la corriente nominal del circuito si la capacidad de los conductores está basada en la Tabla 1. (5) Cuando la caja de conexión, el interruptor con fusibles, el interruptor automático o el tablero estén marcados para una operación continua al 80% de la corriente nominal del dispositivo de sobrecorriente, la carga continua calculada no debe exceder de: (a) El 80% de la corriente nominal del circuito, si la capacidad de los conductores está basada en la Tabla 2; o (b) El 70% de la corriente nominal del circuito si la capacidad de los conductores está basada en la Tabla 1; (6) Si se aplican otros factores de corrección para reducir la capacidad de corriente de los conductores, la sección de éstos debe ser, la así determinada o la determinada por las Subreglas (4) o (5), la que sea mayor. (7) No obstante lo requerido por las Reglas 030-004(1)(a) y 030-004(2)(d), la capacidad de conducción de los conductores subterráneos no debe exceder la determinada por las Subreglas (4)(b) y 5(b), en ningún caso. 050-106 Utilización de Factores de Demanda (1) El dimensionamiento de conductores e interruptores determinados de acuerdo con esta Sección, deben ser los mínimos a emplear; salvo que a las dimensiones normalizadas inmediatamente inferiores, corresponda una capacidad hasta 5% menor que la calculada, en cuyo caso se pueden utilizar estos conductores e interruptores. (2) En cualquier caso diferente al de una acometida calculada según las Reglas 050-200 y 050-202, cuando el diseño de una instalación se base en requerimientos superiores a los Dados en esta Sección, las capacidades de acometidas y alimentadores deben incrementarse correspondientemente. (3) Cuando se instalen 2 o más cargas de las cuales sólo una pueda ser utilizada a la vez, se debe considerar la carga mayor en el cálculo de la demanda. (4) En el caso de cargas de calefacción ambiental y de aire acondicionado, que no se utilizan simultáneamente, la mayor debe ser considerada en el cálculo de la demanda. (5) Cuando un alimentador sirve cargas de naturaleza cíclica o similar, de modo que la carga total conectada no debe ser alimentada al mismo tiempo, la capacidad de conducción del alimentador se debe calcular para la máxima carga que pueda ser servida en un tiempo dado. (6) La capacidad de los conductores de alimentadores y circuitos derivados deben estar de acuerdo con las Secciones del Código, que traten sobre los respectivos equipos a ser alimentados. (7) No obstante los requerimientos de esta Sección, la capacidad de los conductores de alimentadores y circuitos derivados no se requiere que exceda la capacidad de los conductores de la acometida o del alimentador del cual son abastecidos. (8) Cuando se añaden cargas a una acometida o alimentador existente, la carga final puede calcularse adicionando el total de las nuevas cargas, afectada por los factores de demanda como se permite en el Código, a la carga de máxima demanda de la instalación existente, resultante de mediciones en los últimos 12 meses. La nueva carga calculada quedará sujeta a las Reglas 050-104(4) y (5). (9) En el caso de viviendas unifamiliares o departamentos en edificios de vivienda para las que sea de aplicación la Regla 50-110(2) de esta Sección, las corrientes a considerar en los Conductores de la acometida y del alimentador, no deben ser menores a las que se indican a continuación; sin embargo, la sección mínima de dichos conductores debe ser 4 mm2 para Acometidas y 2,5 mm2 para alimentadores. (a) 15 A, para cargas de hasta 3 000 W. (b) 25 A, para cargas mayores de 3 000 W hasta 5 000 W. (c) 40 A, para cargas mayores de 5 000 W hasta 8 000 W con suministro monofásico y 15 A con suministro trifásico 380/220 V. 050-108 Espacio en Tableros para Circuitos Derivados (1) Para una unidad de vivienda unifamiliar se debe proveer suficiente espacio en el tablero, para al menos cuatro interruptores automáticos bipolares contra sobrecorrientes. (2) No obstante la Subregla (1), debe proveerse suficiente espacio en el tablero para dos dispositivos de protección adicionales para futuras ampliaciones. (3) Donde se prevea cocina o equipo trifásico se deben proveer interruptor automático contra sobrecorrientes tripolar. (4) En el caso de viviendas unifamiliares o departamentos en edificios de vivienda, donde sea aplicable la Regla 110(2) de esta Sección, se debe prever en el tablero el espacio necesario para por los menos, la siguiente cantidad de interruptores automáticos contra sobrecorrientes: a) Tres interruptores automáticos contra sobrecorrientes bipolares de 15 A, para carga de hasta 3 000 W, con suministro monofásico. b) Cinco interruptores automáticos contra sobrecorrientes bipolares, de los cuales uno debe ser de 20 A, para cargas mayores a 3 000 W y hasta 5 000 W, con suministro monofásico. c) Siete interruptores automáticos contra sobrecorrientes, de los cuales dos deben ser de 30 A, para cargas mayores de 5 000 W y hasta 8 000 W, con suministro monofásico, o dos tripolares de 15 A con suministro trifásico. d) Donde se corra el neutro se admiten dispositivos de sobrecorriente unipolares sobre los conductores de fase, aunque con la finalidad de elevar el nivel de seguridad durante el proceso de instalación y posterior mantenimiento se debe utilizar preferentemente dispositivos de sobrecorriente automáticos que protejan y corten simultáneamente todos los conductores, incluido el neutro. 050-110 Determinación de Áreas y Previsión Opcional de la Demanda Máxima Total Cuando No Se Dispone de Información (1) Las áreas de vivienda designadas en las Reglas 050-200 y 050-202 deben ser determinadas por las dimensiones interiores (áreas techadas) e incluyen: (a) 100% del área del primer piso; más (b) 100% del área de los pisos superiores, dedicada a vivienda; más (c) 75% del área del sótano. (2) Opcionalmente, en el caso de viviendas unifamiliares o departamentos en edificios de vivienda, cuando no se dispone de información específica sobre las cargas, la demanda máxima total a prever no será inferior a: (a) 3 000 W, para viviendas de hasta 90 m2, según dimensiones interiores. (b) 5 000 W, para viviendas de más de 90 m2 hasta 150 m2, según dimensiones interiores. (c) 8 000 W, para viviendas de más de 150 m2 hasta 200 m2, según dimensiones interiores. TABLAS DE VALORES PERMISIBLES 4.2.2. TENSIONES Y FRECUENCIAS 020-500 Alimentación Desde Redes de Servicio Público de Electricidad (1) De acuerdo a lo indicado en el Código nacional de Electricidad Suministro, en las redes de servicio público de baja tensión se podrá continuar utilizando los niveles de tensión existentes y las tensiones recomendadas de 380/220 V, trifásico de 4 hilos, con neutro efectivamente puesto a tierra. (2) La alimentación en baja tensión desde las redes de servicio público de electricidad a instalaciones de carácter público o privado, para cualquier tipo de uso, ya sea residencial, Comercial, industrial u otros, debe ser trifásico de 380/220 V - 4 hilos, monofásico de 220 V - 2 hilos o trifásico de 220 V- 3 hilos (para los sistemas aislados de 220 V). (3) No obstante las Sub reglas (1) y (2), para usos no residenciales se permite cualquier otro tipo de sistema en las instalaciones privadas, preferentemente 480/277 V, trifásico, 4 hilos con neutro a tierra, previo permiso especial emitido por Autoridad competente, según lo requerido por la Regla 020-030. 020-502 Frecuencia Las redes para el suministro de energía eléctrica son sistemas de corriente alterna con frecuencia nominal de 60 Hz. 2.4.3. SECCIÓN DE LOS CONDUCTORES 030-000 Alcance Esta Sección se aplica a conductores para alumbrado, para equipos electrodomésticos y para circuitos de suministro de energía, y no a otro tipo de conductores, a menos que sea específicamente referido en alguna otra Sección del Código. 030-002 Sección Mínima de Conductores Todos los conductores deben ser de cobre y no pueden tener una sección menor que 2,5 mm2 para los circuitos derivados de fuerza y alumbrado y 1,5 mm2 para los circuitos de control de alumbrado; con excepción de cordones flexibles, alambres para equipos; y Alambres o cables para circuitos de control. 030-004 Capacidad de Corriente de Conductores y Cables. (1) La máxima corriente que un conductor de una determinada dimensión y un tipo de aislamiento específico puede conducir, está definida de acuerdo a la Norma Técnica Peruana NTP 370.301 que hace referencia a la norma IEC 60364-5-523 "Electrical installations of building. Part 5: Selection and erection of electrical equipment - Section 523: Current-carrying capacities in wiring systems": (a) Para cables multipolares o cables unipolares, es decir, de un solo conductor, tendidos al aire libre de acuerdo a los métodos de instalación E, F y G de la Norma Técnica Peruana NTP 370.301, según se especifica en la Tabla 1; y (b) Para conductores en cable o canalización, tendidos en conductos de acuerdo a los métodos de instalación A1, A2, B1, B2, C y D de la Norma Técnica Peruana NTP 370.301, según se especifica en la Tabla 2; y (c) Para grupos de más de un circuito conformados por conductores o cables unipolares; o grupos de más de un circuito de cables multipolares, según se especifican en las Tablas 1 y 2, pero aplicando los factores de corrección que se especifican en la Tabla 5C de acuerdo al método de instalación; y (d) Para un solo conductor y un cable con 2, 3 o 4 conductores, o un cable armado o con cubierta metálica con 1, 2, 3 o 4 conductores, con conductores con secciones de 50 mm2 o mayores (no contemplados en la NTP 370.301), tendido en forma subterránea, según lo especificado en la Norma IEC 60287 "Calculation of the Electrical Cables. Calculation of the current rating", o lo especificado por el método de la Norma IEEE, Standard Power Cable Ampacity Tables, IEEE 835. (2) (Esta Subregla queda en blanco). (3) Un conductor neutro que conduce sólo la corriente de desbalance de otros conductores, como es el caso de circuitos normalmente balanceados de 3 o más conductores, no debe ser tomado en cuenta para determinar las capacidades de corriente. (4) Cuando una carga se coloca entre un conductor unipolar y el neutro, o entre dos conductores y el neutro de un circuito trifásico en un sistema de cuatro conductores, el conductor común resulta conduciendo una corriente comparable a la de los conductores de fase, por lo cual, en este caso, tal conductor debe ser tenido en cuenta para el cálculo de la Capacidad de corriente, según se indica en la Subregla (1). (5) (Esta Subregla queda en blanco). (6) Un conductor de enlace equipotencial no debe ser tomado en cuenta para establecer las capacidades de corriente de otros conductores. (7) Los factores de corrección especificados en esta Regla: (a) Se aplican sólo a, y se determinan a partir de, el número de conductores de fuerza o alumbrado, en un cable o canalización; y (b) No se aplican a conductores instalados en canaletas auxiliares a la canalización principal. (8) Los factores de corrección por temperatura ambiente especificados en la Tabla 5A deben ser aplicados cuando se instalen conductores en ambientes que excedan o se prevea que puedan ser diferente a los 30°C para cables al aire libre y diferente a 20°C cuando se trata de ductos enterrados. (9) En la Tabla 2 para el método de instalación D, la capacidad de corriente debe ser ajustada de acuerdo a los factores de corrección para cables embutidos en ductos con resistividades térmicas de suelo distintas de 2,5 K.m/W, según se indica en la Tabla 5B. (10) Cuando se tenga cables multipolares tendidos en contacto con otro(s) en tramos que excedan los 600 mm, la capacidad de corriente de los mismos debe ser corregida tomando en cuenta los factores definidos en la Tabla 5C. (11) La capacidad de corriente de conductores de diferente temperatura nominal instalados en una misma canalización, debe ser determinada con base en los requerimientos del conductor que tenga la menor temperatura nominal. (12) La capacidad de corriente de conductores añadidos a una canalización, así como la capacidad de los conductores ya existentes, deben ser determinadas de acuerdo con las Subreglas previas que les sean aplicables. (13) Cuando exista más de una capacidad de corriente aplicable a un determinado circuito, conformado por cables con un solo conductor o multiconductores, como consecuencia de la Transición de una porción subterránea a otra visible, debe utilizarse el valor más bajo, con excepción de lo permitido en la Subregla (14). (14) Cuando la porción de baja capacidad de corriente de un tramo de un circuito conformado por no más de 4 conductores no excede de 10% de la longitud del tramo o de 3 m, lo que sea menor, puede emplearse para el tramo la mayor capacidad de corriente permitida. 2.2.4. COLOR DE LOS CONDUCTORES (1) Los conductores con aislamiento para tierra o para enlaces equipotenciales a tierra deben: (a) Tener un acabado externo continuo, ya sea verde o verde con una o más franjas amarillas; o (b) En caso de secciones mayores que 35 mm2, tener etiquetado o marcado de manera permanente con color verde o verde con una o más franjas amarillas en el extremo de cada tramo, y en cada punto donde el conductor sea accesible. (2) Los conductores marcados de acuerdo con lo mencionado en la Subregla (1) sólo deben ser usados como conductores de tierra o como enlaces equipotenciales a tierra. (3) Cuando se requiera emplear un código de colores para los conductores de un circuito, debe emplearse el siguiente código, a excepción del caso de cables de acometida y de lo dispuesto en las Reglas 030-030, 030-032 y 040-308, que pueden modificar estos requerimientos: Circuitos monofásicos en corriente alterna o continua (2 conductores): - 1 conductor negro y 1 conductor rojo; o - 1 conductor negro y 1 blanco (o gris natural o blanco con franjas coloreadas, en caso de requerirse conductores identificados); Circuitos monofásicos en corriente alterna o continua (3 conductores): - 1 conductor negro, - 1 conductor rojo, - 1 conductor blanco (o gris natural o blanco con franjas coloreadas); Circuitos trifásicos: - 1 conductor rojo (para fase A o fase R) - 1 conductor negro (para fase B o fase S) - 1 conductor azul (para fase C o fase T) - 1 conductor blanco o gris natural (cuando se requiera conductor neutro) METODO DE ALAMBRADO 040-300 Conexiones Subterráneas. (1) Salvo las excepciones permitidas en la Regla 020-030, los conductores de acometida subterráneas, para alimentar una edificación desde un sistema de alimentación subterráneo o una línea aérea, deben ser: (a) Instalados en conducto rígido, o tubería eléctrica no metálica permitida sólo para la porción subterránea y deben ser del tipo para instalaciones en lugares mojados, de acuerdo con la Tabla 19; o (b) Cables unipolares o de conductores múltiples para acometida subterránea, que sean instalados de acuerdo con la Tabla 19, siempre que: (i) La instalación esté de acuerdo con la Regla 070-012; y (ii) Se utilice conducto rígido para proteger mecánicamente al cable, cuando éste o parte del mismo esté expuesto a daños mecánicos; y (iii) El cable no tenga empalmes o uniones, desde el punto de conexión con la acometida hasta el equipo de conexión de la edificación. (2) No obstante lo indicado en la Subregla (1)(b)(iii), se permite uniones en la parte subterránea de una acometida, cuando estas uniones sean hechas de acuerdo con la Regla 070- 112(4), y cuando se requiera ejecutar uniones para reparar daños sufridos por la instalación o para acondicionar un poste o reubicar la acometida (3) La canalización de la acometida subterránea que ingresa a la edificación debe tener drenaje adecuado. (4) El conducto conectado al sistema de alimentación subterránea debe ser sellado con un compuesto adecuado, a fin de prevenir la entrada de humedad o de gases. 040-302 Conductores de Acometida (1) Los conductores de acometida que son conectados a una línea aérea, deben ser instalados de alguna de las siguientes formas: (a) Con conducto rígido; o (b) Tubería eléctrica metálica de acero; o (c) Conducto metálico flexible, dotadas con conductores con cubierta de plomo; o (d) Cable con aislamiento mineral, no liviano; o (e) Cable con cubierta de aluminio; o (f) Cable con armadura. (2) (Esta Subregla queda en blanco). (3) (Esta Subregla queda en blanco). (4) Los conductores de acometida deben ser apropiados para intemperie y deben tener una sección no menor de 4 mm2 de cobre. (5) El aislamiento de los conductores de acometida debe ser apropiado para la temperatura ambiental que se experimente en el lugar donde sean instalados. (6) Los conductores del alimentador se deben prolongar 60 cm en la caja de conexión o de toma, con sus extremos sellados y aislados eléctricamente. 040-304 Empleo de Cables con Aislamiento Mineral y de Cables con Cubierta de Aluminio (1) En las conexiones se pueden utilizar cables con aislamiento mineral o con cubierta de aluminio, como se especifica en la Regla 040-302: (a) En la versión de multiconductores; o (b) Unipolares, en secciones mayores a 16 mm2 de cobre. (2) Los cables con aislamiento mineral, o con cubierta de aluminio, pueden quedar expuestos y asegurados sobre la superficie en el que son instalados, pero protegidos como se estipula en la Regla 040-306 (b). 040-306 Canalizaciones de la Acometida La canalización de la acometida debe: (a) Contener solamente conductores de acometida, salvo cuando se permita una excepción de acuerdo con la Regla 020-030; y (b) Estar protegida contra daños mecánicos de acuerdo con la Regla 070-932; y (c) Si es de sección circular, el diámetro interior no debe ser menor de 20 mm. ESPECIFICACIONES TECNICAS DE MONTAJE E INSTALACION Las instalaciones eléctricas interiores serán del tipo empotrado tal y conforme se muestran en los planos: 3.1 CONDUCTORES: * Las líneas sin indicación en los planos serán de dos conductores 2.5 mm2 THW. * Los conductores serán continuos de caja a caja, no permitiéndose empalmes que quedan dentro de las tuberías. * La conexión de los artefactos empotrados en el cielo raso se efectuará desde la caja octogonal adosada en el techo con cordón biplastoflex. * Los empalmes se realizarán en las cajas y debidamente aislados. * Los empalmes de la acometida eléctrica con los alimentadores interiores se harán soldados o con terminales de cobre. * Antes de proceder al alambrado se limpiarán y secarán los tubos y se barnizarán las cajas para facilitar el paso de los conductores, se empleará talco o tiza en polvo. 3.2 TUBERIAS: * No se permitirá más de 2 curvas de 90° entre caja y caja. * Deberá evitarse aproximaciones menores de 15 cm. a otras tuberías. * Se evitará en lo posible la formación de trampas. * Las tuberías que se instalen en superficies apoyadas en muro, columnas o en estructura metálica, serán fijadas mediante abrazaderas de FºGº, de una oreja hasta 25 mm ?, y con dos orejas para diámetros mayores. 3.3 ARTEFACTOS: * Los artefactos empotrados cielo raso, deberán empernarse firmemente 3.4 PRUEBAS Antes de la colocación de los artefactos de alumbrado y aparatos de utilización se efectuará una prueba de toda la instalación. Las pruebas serán de aislamiento a tierra y de aislamiento entre conductores, debiéndose efectuar la prueba en cada circuito. Para lo no indicado en estas Especificaciones Técnicas será aplicable el Código Nacional de Electricidad y Reglamento Nacional de Construcción vigentes. PROYECTISTA: Ing. Carlos N. CUSI CHIRA

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