Venta moto yamaha con reserva de dominio

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Nosotros: MANUEL ANTONIO ESCALANTE NOGUERA y JULIANA DE LOS ÁNGELES FERNÁNDEZ DE ESCALANTE, Venezolanos, mayores de edad, comerciantes, casados, titulares de las cédulas de identidad números 00.000.000 y 00.000.00, respectivamente, domiciliados en Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, hábiles en derecho, obrando con el carácter de Presidente y Vicepresidente de la empresa MIAAREEPACUADRADA, C.A., domiciliada en Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 20 de Diciembre de 1.991, bajo el número 83, Tomo A-9, Cuarto Trimestre del referido año, representación que consta en los Estatutos Sociales de la empresa y de conformidad con las cláusulas números 10º y 18º del Acta Constitutiva, la cual presentamos ante el funcionario para que lo certifique en la nota de autenticación, declaramos: Entre nuestra representada, la cual en lo adelante se llamara "La Vendedora", por una parte y por la otra el Ciudadano, JESUS SIGFRIDO PANTTALEON JIMENEZ, Venezolano, mayor de edad, soltero, comerciante, titular de la cédula de identidad número 00.000.0000, llamado en lo adelante "El Comprador" se ha celebrado un contrato con reserva de dominio, el cual regirá bajo las siguientes cláusulas:------
1º) "La Vendedora" vende a crédito, con reserva de dominio a "El Comprador" un vehículo propiedad de nuestra representada con las siguientes características: Marca: KEEWAY, Modelo: HORSE KW-150, Placa: AH6D17D, Año: 2013, Serial del motor Nº: KW162FMJ2810202, Serial de la carrocería Nº: 8123A1K17DM039392, Serial del Chasis Nº: 8123A1K17DM039392, Serial N.I.V: Nº: 8123A1K17DM039392, Tipo: MOTOCICLETA, Clase: MOTOCICLETA, Color: AZUL, Uso: PARTICULAR, la cual se encuentra usada y con detalles de pintura y mecánica y con el deterioro propio de su uso; y en consecuencia "La Vendedora" no garantiza el vehículo vendido, ni tampoco por los vicios, que pudieran aparecer después de haber sido recibido por "El Comprador"
2º) El precio de esta venta es por la cantidad de CUATRO MILLONES CIENTO VEINTICUATRO MIL OCHENTA BOLÍVARES (Bs. 4.124.080,00), los cuales serán pagados en la siguiente forma: UN MILLÓN DE BOLÍVARES (Bs. 1.000.000,00) los cuales recibí en dinero en efectivo, en moneda de curso legal, a nuestra entera satisfacción; y el resto, es decir, la cantidad de TRES MILLONES CIENTO VEINTICUATRO MIL OCHENTA BOLÍVARES (Bs. 3.124.080,00) serán pagados en cuotas mensuales de TRESCIENTOS NOVENTA MIL QUINIENTOS DIEZ BOLÍVARES (Bs. 390.510,00) cada una, quedando como fecha de vencimiento de la primera cuota, el día 15 de Enero de 2001. Las cuotas restantes serán pagadas en las respectivas fechas de vencimiento de los meses siguientes. En este mismo acto se emiten ocho (8) letras de cambio por los montantes y para las fechas convenidas para las cuotas estipuladas, las cuales acepta el comprador, Ciudadano, JESUS SIGFRIDO PANTTALEON JIMENEZ, y que serán pagadas en dinero efectivo en las Oficinas de la vendedora (MIAAREPACUADRADA C.A.)-----------------------


3º) Mientras que "El Comprador" no haya pagado la totalidad del precio, se obliga a conservar y cuidar el vehículo en las mismas condiciones de buen estado en que lo recibe, salvo el desgaste natural por el normal uso a que está destinado; y cualquier parte del mismo que sea deteriorada o perdida, se rompiere o sufriere avería, será reemplazada por "El Comprador" a su costa, no pudiendo en ningún caso gravarlo, enajenarlo, ni cederlo en calidad de préstamo a tercera persona; no pudiendo tampoco ceder o traspasar este contrato sin previa autorización de "La Vendedora", ya que para traspasarlo o venderlo debe estar completamente solvente en las cuotas convenidas. Así mismo "El Comprador" se obliga a conservar y mantener el vehículo objeto de la presente venta, en su domicilio ya expresado, debiendo notificar a "La Vendedora" dentro de los diez días siguientes por lo menos su cambio de domicilio o el cambio del lugar donde permanecerá el vehículo vendido.---------


4º) "El Comprador" se obliga a pagar toda contribución o impuesto nacional estatal o municipal sobre el vehículo, el costo de la licencia del mismo y las primas y cuotas de seguro que impongan las leyes. ----
5º) El incumplimiento por parte de "El Comprador" de cualquiera de las Cláusulas de éste contrato; la falta de pago de una o más letras de cambio, o si dicho vehículo sufriera desperfectos o deterioros que redujeran su valor a la mitad o menos de su valor original o si "El Comprador" tratara de vender o de gravar en cualquier forma al vehículo; entonces "La Vendedora" tendrá derecho a su elección, a exigir el inmediato pago de todo el saldo que queda a deber, más los intereses moratorios, considerándose vencido el término del contrato, o pedir la resolución del mismo o la entrega de la cosa vendida. ---------
6) "El Comprador" declara que ha examinado y probado detenidamente el vehículo usado que adquiere, el cual recibe en buen estado de funcionamiento y se obliga a mantenerlo en condiciones normales de uso y servicio. En consecuencia, en nombre de nuestra representada, transmitimos a la compradora, la posesión y dominio del vehículo vendido, libre de todo gravamen, nada debe por impuestos nacionales y municipales, obligando a nuestra representada al saneamiento sólo respecto a la evicción. Y yo, JESUS SIGFRIDO PANTTALEON JIMENEZ, plenamente identificado, declaro: Acepto la venta que se me hace en los términos establecidos. Otorgado en Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, en la fecha de la nota de su autenticación.
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Tal contrato tiene la ventaja que usted vende; se desprende del objeto con una promesa de pago firmada y autenticada ( si quiere) la moto yamaha con todo y la venta continúa siendo suya hasta que el comprador pague hasta el último centavo, si el comprador se mete en problemas; chocó, atropelló o cualquier otra fatalidad, entonces la moto no es suya, así lo dice este contrato sustentado en las leyes venezolanas, que proveen esta herramienta de venta de bienes en la modalidad de la reserva de dominio y a crédito.

Estos Contrato de venta de moto yamaha con reserva de dominio son del tipo ganar y ganar

Si al comprador le roban la moto yamaha, la deuda queda impertérrita, si choca, el seguro de responsabilidad civil debe correr con los gastos y el cobrador de estos gastos es usted, si causa daños a terceros, la moto no es suya, es del comprador y es a él contra quien deben ir los afectados, de todas formas usted ganó por todos lados, por que los malandros no les gusta comprar motos y yamaha menos (muy caras) prefieren quitárselas a los que la compran y si se resiste pues le acomodan unos 50 balazos en la humanidad y van a echar el cuento entre sus fraternos, de tal forma acumulan más prestigio y consiguen más reconocimiento.


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