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Derecho Individual del trabajo en el derecho comparado

>El trabajo es el elemento que históricamente ha permitido el desarrollo de las sociedades al estado en que la conocemos. A través de este se ha logrado la organización de las naciones y es en base al trabajo productivo que las sociedades prosperan y que se avanza en el desarrollo humano. Ahora, el trabajo tal como lo conocemos, es de reciente data se remonta a la revolución industrial que tuvo su génesis en la Inglaterra del siglo XVIII, momento el cual gracias a la gran acumulación de capital proveniente de las colonias, el reinado Británico financia las investigaciones y experimentos de sus científicos, los cuales inventan máquinas que revolucionan la productividad y originan el nacimiento de la clase obrera.

Derecho individual del trabajador

Lógicamente una materia de tanta importancia, un hecho social de tanta magnitud, requirió de una legislación, en razón del salvajismo que aplicaron los capitalistas de aquella época (jornadas de trabajo de 18 horas, sin descanso y niños trabajando) si no hubieran aparecido legisladores deseosos de humanizar las relaciones obrero patronales, y leyes que impidieran estos actos de salvajismo en contra de los obreros, los capitalistas al final del camino no hubieran encontrado obreros con energía para explotarlos.
tal como lo conocemos, es de reciente data se remonta a la revolución industrial que tuvo su génesis en la Inglaterra del siglo XVIII, momento el cual gracias a la gran acumulación de capital proveniente de las colonias, el reinado Británico financia las investigaciones y experimentos de sus científicos, los cuales inventan máquinas que revolucionan la productividad y originan el nacimiento de la clase obrera.
Derecho individual del trabajador</h3> Lógicamente una materia de tanta importancia, un hecho social de tanta magnitud, requirió de una legislación, en razón del salvajismo que aplicaron los capitalistas de aquella época (jornadas de <b>trabajo</b> de 18 horas, sin descanso y niños trabajando) si no hubieran aparecido legisladores deseosos de humanizar las relaciones obrero patronales, y leyes que impidieran estos actos de salvajismo en contra de lo"> El presentetrabajo versa sobre el asunto de los principios que rigen la relación laboral en nuestro país, por cierto nada que ver con la Inglaterra del siglo XVIII, en él nos adentramos en el análisis de estos y sus interpretaciones analizamos la concepción del trabajo en las constituciones de Venezuela, Colombia y argentina.

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